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El Supremo sentencia que la comunidad de vecinos es la encargada de pagar los daños estructurales en terrazas privadas

Un vecino de Bizkaia denunció ante el Tribunal Supremo haber tenido que pagar el arreglo de filtraciones en su terraza sin ser esta una cuestión de mantenimiento individual.

Fachada de un edificio de Madrid.
Fachada de un edificio de Madrid. Luca Piergiovanni / Efe

El Tribunal Supremo ha condenado a una comunidad de propietarios de un edificio de Getxo, en Bizkaia, a pagar los arreglos de las filtraciones en una de sus terrazas. Éstas son consideradas un elemento común que ha sufrido el desgaste de materiales estructurales, por lo que no puede ser responsabilidad del único vecino afectado, sino de todos los propietarios.

El dueño de la terraza donde se registró el problema presentó un recurso por tener que arreglarlo a su costa, ante la negativa de la comunidad. Ahora, ésta le deberá abonar los 11.209 euros que costó la reparación.

En su sentencia, el Tribunal explica que si se hacen reparaciones para favorecer el mantenimiento, será cuestión del propietario. Sin embargo, si el defecto es estructural y afecta a la propia terraza como elemento de la construcción, debe ser reparado a partir de fondos comunes.

"Lo que no es posible es atribuir la propiedad exclusiva de las terrazas en favor de algún propietario, ya que no pueden perder su naturaleza de elemento común por la función que cumplen en el ámbito de la propiedad horizontal", ha afirmado el Supremo.

Negativa de la junta de propietarios

En el caso del edificio de Getxo, la junta de propietarios acordó no atender la petición del vecino que solicitaba el pago de su reparación. La junta consideró que, según los estatutos de la comunidad, es responsabilidad individual la "conservación y reparación de las terrazas", donde se incluye impedir las filtraciones de agua.

El vecino afectado hizo el arreglo y lo pagó, pero después recurrió a los tribunales. Entonces, ni la sentencia de primera instancia ni la Audiencia de Vizcaya le dieron la razón.

Sin embargo, el Supremo ha estimado ahora su recurso y condena a la comunidad, señalando que en las terrazas no tuvieron un problema de mantenimiento, sino un "defecto estructural".

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